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Carta al Rector de la Universidad Nacional de Hurlingham

Carta al Rector de la Universidad Nacional de Hurlingham

Al Rector de la Universidad Nacional de Hurlingham
Mg. Jaime Perczyk
Su Despacho.-

En nombre y representación del Colegio de Kinesiólogos de la Provincia de Buenos Aires (Ley 10.392), venimos por la presente a manifestar nuestro rotundo rechazo al proyecto de implementación del título intermedio de “Técnico/a Universitario/a de Salud Comunitaria en Promoción del Movimiento” del Plan de Estudios de la carrera de Licenciatura en Kinesiología y Fisiatría de vuestra universidad (Resolución CS nº386/2024).  

Entendemos que la presente oferta educativa intermedia y el futuro ejercicio profesional de quienes detenten dicha titulación, en la práctica vulnera nuestras incumbencias y afecta gravemente nuestro ejercicio profesional, ya que claramente quita y reduce incumbencias profesionales propias otorgadas por nuestra ley de ejercicio profesional nº 10.392.  

Corresponde advertir que el artículo 14º de la Ley 10.392 establece que “… A los efectos de la presente Ley se considerará como actividad y ejercicio de la profesión de Kinesiólogo, toda acción o actividad que desarrolle y aplique la Kinesioterapia, Kinefilaxia, Fisioterapia y las actividades de Docencia e Investigación con ellas vinculadas…Se entiende por Kinefilaxia, el masaje y la gimnasia higiénica y estética, los juegos, el deporte y atletismo, entrenamiento deportivo, exámenes kinésicos funcionales y todo tipo de movimiento metodizado con o sin aparatos y de finalidad higiénica o estética, en establecimientos públicos o privados, integrando gabinetes de Educación Física en establecimientos educativos y laborales…”. 

En la propuesta educativa que se formula, se manifiesta dentro del perfil del egresado, que: “… Es un profesional de la salud comunitaria con competencia para abordar el proceso de salud-enfermedadatención– cuidados, participando con el equipo de salud de forma tanto individual como colectiva… Por lo enunciado, el/la egresada /o tiene:…Conocimientos para informar, registrar, documentar y derivar cuidados… Conocimientos vinculados a la gestión de los servicios de salud, tanto en el ámbito público como el privado, en los diferentes niveles de atención…”.

En este sentido claramente se coloca al egresado ante situaciones de abordar procesos de salud (enfermedad), en detrimento de nuestras competencias, actividades e incumbencias profesionales. Participar de equipos de salud, sin estar reconocidos en ninguna norma legal que los habilite a incorporarse y/o participar de los establecimientos de salud, careciendo también de norma que regule y controle su ejercicio. También resaltamos el absurdo de dotar a quienes detenten dichos títulos, de la potestad de “derivar cuidados”, cuando por otra parte, conforme ley de ejercicio profesional del kinesiólogo, quienes pueden derivar son los médicos u odontólogos previo diagnóstico profesional.                 

No obstante lo expuesto, reiteramos que quienes detenten dichos “títulos intermedios” no tienen ley o norma alguna que controle, habilite y/o enmarque su actuar, por lo que claramente estarán a un paso de realizar prácticas y/o actividades reservadas a los kinesiólogos y frente a la praxis profesional no tendrán control ni responsabilidad o sanción alguna, menoscabando no sólo a nuestra profesión, sino que también a la salud de la población. Recordemos que la salud es un derecho social e individual protegido por las normas y el estado, y en este caso nada de eso se cumpliría, sino por el contrario la misma se pondría en grave riesgo.    

Por ello, venimos a solicitar se rechace la implementación del título intermedio de Técnico/a Universitario/a de Salud Comunitaria en Promoción del Movimiento, por afectar y menoscabar las incumbencias adquiridas y reconocidas para nuestra profesión.   

Hacemos saber que nota de similar tenor se enviará al Ministerio de Educación de Nación, con el objeto de solicitar no se apruebe la referida iniciativa.  

Sin otro particular y a la espera de poder reflexionar sobre el tema y descartar la implementación de dichos títulos intermedios, lo saludamos con atenta consideración.-

Consejo Ejecutivo.

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