Código de ética: ultimas modificaciones
Fueron aprobadas por unanimidad durante la última Asamblea Extraordinaria celebrada el 30 de abril
Compartimos el texto modificado de los artículos 4 y 22.
Art. 4.- (modificado Asamblea 30/04/2022) El profesional ajustará su cometido específico a las normas legales y reglamentarias de la profesión y en el trato con el paciente deberá prescindir de efectuar toda consideración, discriminación o distinción de razas, banderías políticas, religión u otras que impliquen, justamente, distingos ajenos al quehacer científico y técnico, así como de todas aquellas situaciones de discriminación basada en el sexo y/o género de la persona, orientación sexual, identidad de género, y expresión de género, que tengan por objeto o por resultado, excluir, restringir, limitar, degradar, ofender o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos.
Art. 22.- (modificado Asamblea 30/04/2022) Los profesionales matriculados se deben entre sí el más alto de los respetos y la consideración humana y profesional. La cortesía lealtad entre colegas, son obligaciones mutuas cuyas trasgresión importan una falta a la ética del profesional, así como también toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito laboral público como privado, basado en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica, política o patrimonial, como así también su seguridad personal.
El texto completo de la norma vigente podés consultarlo ACÁ
#CoKiBAsemueve