Instrucciones para habilitar un consultorio de kinesiología
Las Habilitaciones de establecimientos o consultorios de Kinesiología, que se gestionen a través del Colegio de Kinesiólogos de la Provincia de Buenos Aires, se rigen bajo el Decreto 3091/97 del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.
El Decreto 3091/97 contempla las normas administrativas y requerimientos mínimos con los que debe contar un consultorio o establecimiento de kinesiología para ser habilitado.
Todos los profesionales de la Kinesiología, independientemente de la especialidad que ejerzan en el lugar, o si trabajan de forma privada o no, y que desarrollen sus tareas en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, deben hacerlo en consultorios o establecimientos debidamente habilitados (Art. 1 Dec. 3091/97).
Las habilitaciones que se gestionan a través del CoKiBA bajo el Decreto 3091/97 comprenden sólo a los profesionales de la Kinesiología, no así a otros profesionales de la salud. Los Centros de Rehabilitación (Decreto 3020/02) no se habilitan por el CoKiBA, sino que se gestionan directamente ante el Ministerio de Salud de la Pcia. de Bs. As.
A partir del mes de marzo de 2018, las habilitaciones otorgadas tendrán una validez de 5 (cinco) años. Las habilitaciones otorgadas antes de marzo de 2018, caducarán todas en marzo del año 2023.
En la página web de CoKiBA encontrará las PREGUNTAS FRECUENTES que podrían ayudarlo ante eventuales dudas con relación a las habilitaciones, como así también los modelos de algunas notas que deberá presentar.
Recuerde que el profesional de la Kinesiología que será Director Técnico en la habilitación de un consultorio, será responsable ante el Ministerio de Salud por el cumplimiento de las leyes, decretos, resoluciones y toda otra regulación en materia sanitaria vigente (Decreto 448/2014).
Las Habilitaciones de Gabinetes, Consultorios o Establecimientos de Kinesiología, se gestionan en forma 100% Digital. Esto brinda mayor celeridad en la gestión y simplifica el trámite para el matriculado. Usted deberá escanear toda la documentación en archivos PDF (puede utilizar un scanner de una impresora multifunción, o puede descargarse y utilizar la App CamScanner de su celular).
Los archivos en PDF serán subidos a los Formularios Web que se encuentran en esta página. Una vez recibida la documentación, será visada, y si existiera alguna observación a la misma nos pondremos en comunicación con usted para corregir, modificar o agregar lo que hiciera falta. Si la documentación visada es correcta se procederá con el trámite de forma habitual ante las autoridades ministeriales hasta obtener la Resolución Ministerial definitiva.
Ante cualquier duda con la documentación a presentar, puede consultar en su Delegación Regional o al Sector Habilitaciones en Sede Central.
1-HABILITACIÓN DE UN CONSULTORIO (Cuando el director técnico y el propietario del consultorio es el profesional de la kinesiología).
I. PAGOS A REALIZAR:
1. Ministerio de Salud de la Pcia. de Bs. As.: puede realizarse por transferencia bancaria al Banco Provincia, Cuenta 1696/2, Sucursal 2000, CBU Nro. 0140999801200000169625, CUIT 30-62698339-8, por un importe de $64000. (El valor puede variar según lo determinado por el ministerio de salud Provincia de Buenos Aires)
2. Arancel de Inspección de CoKiBA: $42.000, se paga mediante transferencia al CBU Nro. 0140999801200007034807
3. Timbrado en blanco de $390 para libro foliado, que se abonará como Tasa Administrativa de ARBA en Banco Provincia.
4. Tasa Administrativa de ARBA de $2475 que se abona en Banco Provincia.
II. DOCUMENTACIÓN A ENVIAR:
La documentación se subirá en archivo PDF al Formulario Web ALTA de Habilitación, de la página de CoKiBA, Sector Habilitaciones.
1. Constancia de haber realizado los 4 pagos detallados anteriormente.
2. Nota Tipo 1 solicitando la habilitación (clic acá).
3. Declaración Jurada de aparatología (clic acá).
4. Declaración Jurada de NO generación de residuos patogénicos (clic acá).
5. Plano Municipal aprobado. En caso de ser fotocopia debe estar legalizada.
6. Contrato de alquiler, contrato de comodato o escritura, a nombre de quien será el propietario del consultorio.
Para que el contrato tenga validez, las firmas deben estar certificadas.
7. Títulos de grado de todos los profesionales de la kinesiología que se mencionan en la nota de solicitud.
8. Constancia de CUIT de todos los profesionales de la kinesiología que se mencionan en la nota de solicitud. (se descarga desde la pagina de AFIP).
9. Croquis y memoria descriptiva del consultorio o establecimiento (clic acá para ver modelo), con firma y sello del director técnico responsable.
IMPORTANTE:
– Los profesionales mencionados en la Nota Tipo 1, deben estar al día con el pago de la matrícula.
– En el caso de presentar contrato de comodato, debe adjuntarse la fotocopia simple de la escritura.
– En el caso de presentar contrato de alquiler o comodato, debe existir una cláusula donde especifique que el objeto del contrato es el funcionamiento de un consultorio de kinesiología.
– Los contratos para que tengan validéz deben poseer las firmas certificadas y un mínimo de 2 años.
– Las legalizaciones de las fotocopias y/o las certificaciones de firmas, pueden realizarse ante escribano, juez de paz o registro público de comercio.
2-HABILITACIÓN DE CONSULTORIO (Cuando el Propietario del consultorio es un tercero -persona física o jurídica- y el Director Técnico es un profesional de la Kinesiología).
I. PAGOS A REALIZAR:
1. Ministerio de Salud de la Pcia. de Bs. As.: puede realizarse por transferencia bancaria al Banco Provincia, Cuenta 1696/2, Sucursal 2000, CBU Nro. 0140999801200000169625, CUIT 30-62698339-8, por un importe de $64000. (El valor puede variar según lo determinado por el ministerio de salud Provincia de Buenos Aires)
2. Arancel de Inspección de CoKiBA: $42.000, se paga mediante transferencia al CBU Nro. 0140999801200007034807
3. Timbrado en blanco de $390 para libro foliado, que se abonará como Tasa Administrativa de ARBA en Banco Provincia.
4. Tasa Administrativa de ARBA de $2475 que se abona en Banco Provincia.
II. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
La documentación se subirá en archivo PDF al Formulario Web ALTA de Habilitación, de la página de CoKiBA, Sector Habilitaciones.
1. Constancia de haber realizado los 4 pagos detallados anteriormente.
2. Nota Tipo 2 solicitando la habilitación (clic acá).
3. Declaración Jurada de aparatología (clic acá).
4. Declaración Jurada de NO generación de residuos patogénicos (clic acá).
5. Plano Municipal aprobado. En caso de ser fotocopia debe estar legalizada.
6. Contrato de alquiler, contrato de comodato o escritura, a nombre de quien será el propietario del consultorio. Para que el contrato tenga validez, las firmas deben estar certificadas.
7. Títulos de grado de todos los profesionales de la kinesiología que se mencionan en la nota de solicitud.
8. Constancia de CUIT de todos los profesionales de la kinesiología que se mencionan en la nota de solicitud. (se descarga desde la pagina de AFIP).
9. Croquis y memoria descriptiva del consultorio o establecimiento (clic acá para ver modelo), con firma y sello del director técnico responsable.
IMPORTANTE:
– Los profesionales mencionados en la Nota Tipo 2, deben estar al día con el pago de matrícula.
– En el caso de presentar contrato de comodato, debe adjuntarse la fotocopia simple de la escritura.
– En el caso de presentar contrato de alquiler o comodato, debe existir una cláusula donde especifique que el objeto del contrato es el funcionamiento de un consultorio de kinesiología.
– Las legalizaciones de las fotocopias y/o las certificaciones de firmas, pueden realizarse ante escribano, juez de paz o registro público de comercio.
– Cuando el propietario sea una persona jurídica (Ej: Sociedad Anónima) deberá presentar además, el Estatuto Societario, con la correspondiente inscripción en la Inspección General de Justicia o en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas. Si envía fotocopia debe estar legalizada.
3-BAJA DE UNA HABILITACIÓN DE CONSULTORIO
I. PAGOS A REALIZAR:
1. Timbrado en blanco de $390, que se abona como Tasa Administrativa de ARBA en el Banco Provincia.
II. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
La documentación se subirá en archivo PDF al Formulario Web BAJA de Habilitación, de la página de CoKiBA,
Sector Habilitaciones.
1. Constancia de haber realizado el pago detallado anteriormente.
2. Nota Tipo 3 solicitando la Baja de la habilitación (modelo en el sitio web).
3. Resolución Ministerial de la Habilitación que se desea dar de baja.
4-CAMBIO EN LA DIRECCIÓN TÉCNICA
I. PAGOS A REALIZAR:
1. Ministerio de Salud de la Pcia. de Bs. As.: puede realizarse por transferencia bancaria al Banco Provincia, Cuenta 1696/2, Sucursal 2000, CBU Nro. 0140999801200000169625, CUIT 30-62698339-8, por un importe de $32000. (El valor puede variar según lo determinado por el ministerio de salud Provincia de Buenos Aires)
2. Timbrado en blanco de $390 para libro foliado que se abonará como Tasa Administrativa de ARBA en el Banco Provincia.
3. Tasa Administrativa de ARBA de $1160 que se abona en el Banco Provincia.
II. DOCUMENTACIÓN A ENVIAR:
Cada ítem de la documentación se subirá en archivo PDF al Formulario Web CAMBIO DE DIRECCIÓN TÉCNICA en Habilitación, de la página de CoKiBA, Sector Habilitaciones.
1. Constancia de haber realizado los 3 pagos detallados anteriormente.
2. Nota Tipo 4 solicitando el Cambio en la Dirección Técnica del consultorio (modelo en el sitio web)
3. Resolución Ministerial de la habilitación del consultorio que se desea modificar.
4. En caso de agregar un nuevo Director Técnico se deberá presentar título de grado del profesional de la kinesiología que se incorpora.
5. En caso de agregar un nuevo Director Técnico se deberá presentar constancia de CUIT del profesional de la kinesiología que se incorpora. (se descarga de AFIP).
IMPORTANTE:
– El nuevo Director Técnico mencionado en la Nota Tipo 4, debe estar al día con el pago de matrícula.
– En caso que el propietario sea un tercero, también deberá firmar la Nota Tipo 4, de solicitud del cambio de dirección técnica.
– En caso que el lugar cuente previamente con otro co-director técnico, se deberá dejar expresa constancia en la nota tipo 4, si continúa en su función o no.
5-CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL/PROPIETARIO
I. PAGOS A REALIZAR:
1. Ministerio de Salud de la Pcia. de Bs. As.: puede realizarse por transferencia bancaria al Banco Provincia, Cuenta
1696/2, Sucursal 2000, CBU Nro. 0140999801200000169625, CUIT 30-62698339-8, por un importe de $64000. (El valor puede variar según lo determinado por el ministerio de salud Provincia de Buenos Aires)
2. Timbrado en blanco de $390 para libro foliado que se abonará como Tasa Administrativa de ARBA en el Banco Provincia.
3. Tasa Administrativa de ARBA de $2475 que se abona en el Banco Provincia.
II. DOCUMENTACIÓN A ENVIAR:
Cada ítem de la documentación se subirá en archivo PDF al Formulario Web CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL/PROPIEDAD en Habilitación, de la página de CoKiBA, Sector Habilitaciones.
1. Constancia de haber realizado los 3 pagos detallados anteriormente.
2. Nota Tipo 5 solicitando el cambio de Propietario/Razón Social (clic acá).
3. Contrato de alquiler, contrato de comodato o escritura, a nombre de quien será el nuevo propietario del consultorio. Los contratos para que tengan validez deben poseer las firmas certificadas. La escritura si envía fotocopia debe estar legalizada.
4. Constancia de CUIT de quien será el nuevo propietario del consultorio.(descargar de pagina de AFIP)
5. Resolución Ministerial de la habilitación del consultorio que se desea modificar.
IMPORTANTE:
– En el caso de presentar contrato de comodato, debe adjuntarse la fotocopia simple de la escritura.
– En el caso de presentar contrato de alquiler o comodato, debe existir una cláusula donde especifique que el objeto del contrato es el funcionamiento de un consultorio de kinesiología.
– Las legalizaciones de fotocopias y/o certificaciones de firmas pueden realizarse ante escribano, juez de paz o registro público de comercio.
6-AGREGAR/QUITAR KINESIÓLOGOS AL STAFF DE UN CONSULTORIO HABILITADO
I. PAGOS A REALIZAR:
1 Timbrado en blanco de $390 que se abonará como Tasa Administrativa de ARBA en el Banco Provincia..
II. DOCUMENTACIÓN A ENVIAR:
Cada ítem de la documentación se subirá en archivo PDF al formulario web ALTA/BAJA de Kinesiólogos/as del staff, de la página de CoKiBA, Sector Habilitaciones.
1. Constancia de haber realizado el pago detallado anteriormente.
2. Nota tipo 6 solicitando la incorporación o baja del Kinesiólogo al staff del consultorio habilitado (clic acá).
3. En caso de agregar Kinesiólogos al staff, deberá presentar los títulos de grado de todos los profesionales de la kinesiología que se mencionan en la nota tipo 6.
4. En caso de agregar Kinesiólogos al staff, deberá presentar constancia de VUIT de todos los profesionales de la kinesiología que se mencionan en la nota tipo 6. (se descarga de pagina de AFIP)
5. Resolución Ministerial de la Habilitación de consultorio, sobre la que se desea modificar el staff de profesionales.
IMPORTANTE:
– Los profesionales mencionados en la Nota tipo 6, que se incorporen al staff, deben estar al día con el pago de matrícula.
7-AMPLIACIÓN O MODIFICACIÓN DE CONSULTORIO HABILITADO
I. Nota Tipo 7:
Se puede descargar de nuestra web. Reemplazar lo sugerido con sus datos, firmar y sellar.
II. DDJJ Aparatología:
Completar con los aparatos que se utilizaran en el nuevo espacio, firmar y sellar. Descargar de la web.
III. Croquis:
Dibujar un plano a mano alzada o por CPU, con la distribución de los nuevos espacios. Firmar y sellar. Descargar ejemplo de la web.
IV. Memoria:
Describir en una pequeña redacción la distribución de los nuevos espacios. Firmar y sellar. Descargar ejemplo de la web.
V. Reso Ministerial:
Adjuntar una copia de la Habilitación actual, que requiere modificar.
VI. Aranceles:
a. $390 Tasa Administrativa de ARBA, para la rúbrica de un nuevo libro de actas (provisto por CoKiBA).*
b. $1930 Tasa Administrativa de ARBA, impuesto provincial por el trámite.*
c. $32000 Módulo Ministerial por la gestión del trámite solicitado.(El valor puede variar según lo determinado por el ministerio de salud Provincia de Buenos Aires)**
d. $42.000 Arancel de Inspección. Se paga mediante transferencia al CBU Nro. 0140999801200007034807
8-RENOVACIÓN DE HABILITACIÓN DE UN CONSULTORIO
I. PAGOS A REALIZAR:
1. Ministerio de Salud de la Pcia. de Bs. As.: puede realizarse por transferencia bancaria al Banco Provincia, Cuenta 1696/2, Sucursal 2000, CBU Nro. 0140999801200000169625, CUIT 30-62698339-8, por un importe de $64000. (El valor puede variar según lo determinado por el ministerio de salud Provincia de Buenos Aires)
2. Arancel de Inspección de CoKiBA: $42.000, se paga mediante transferencia al CBU Nro. 0140999801200007034807
3. Timbrado en blanco de $390 para libro foliado, que se abonará como Tasa Administrativa de ARBA en Banco Provincia.
4. Tasa Administrativa de ARBA de $2475 que se abona en Banco Provincia.
II. DOCUMENTACIÓN A ENVIAR:
La documentación se subirá en archivo PDF al Formulario Web ALTA de Habilitación, de la página de CoKiBA, Sector Habilitaciones.
1. Constancia de haber realizado los 4 pagos detallados anteriormente.
2. Nota Tipo 8 solicitando la habilitación (clic acá).
3. Declaración Jurada de aparatología (clic acá).
4. Declaración Jurada de NO generación de residuos patogénicos (clic acá).
5. Plano Municipal aprobado. En caso de ser fotocopia debe estar legalizada.
6. Contrato de alquiler, contrato de comodato o escritura, a nombre de quien será el propietario del consultorio.
Para que el contrato tenga validez, las firmas deben estar certificadas.
7. Títulos de grado de todos los profesionales de la kinesiología que se mencionan en la nota de solicitud.
8. Constancia de CUIT de todos los profesionales de la kinesiología que se mencionan en la nota de solicitud. (se descarga desde la pagina de AFIP).
9. Croquis y memoria descriptiva del consultorio o establecimiento (clic acá para ver modelo), con firma y sello del director técnico responsable.
10. Habilitación anterior (Resolución ministerial)
IMPORTANTE:
– Los profesionales mencionados en la Nota Tipo 8, deben estar al día con el pago de la matrícula.
– En el caso de presentar contrato de comodato, debe adjuntarse la fotocopia simple de la escritura.
– En el caso de presentar contrato de alquiler o comodato, debe existir una cláusula donde especifique que el objeto del contrato es el funcionamiento de un consultorio de kinesiología.
– Los contratos para que tengan validéz deben poseer las firmas certificadas y un mínimo de 2 años.
– Las legalizaciones de las fotocopias y/o las certificaciones de firmas, pueden realizarse ante escribano, juez de paz o registro público de comercio. 7850